Nacional
Arrancó el Compre sin IVA: todos los detalles del programa
En la AFIP estiman que puede haber 20 millones de beneficiados. Castagneto anticipó que se buscará incluir billeteras virtuales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha desde este lunes el programa Compre sin IVA que prevé un reintegro del impuesto con un tope de $18.800.
El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.
El titular de la AFIP, Carlos Castagneto, afirmó que “con este programa, llegamos a jubilados, pensionados, personas con AUH, pensiones no contributivas, monotributistas puros”.
“Para ponerlo en marcha, empezamos fuerte, con tarjeta de débito y transferencia, esta semana nos reuniremos con la billetera virtual con la condición de que se use la cuenta sueldo. Además, todos los comercios tendrán que dar los tickets, queremos hacer un sistema transparente, premiando al beneficiario y a los comercios”, dijo Castagneto en declaraciones a radio Splendid.
Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.
Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:
- Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
- Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social. El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
- Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
- Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.
- Personal de Casas Particulares.
- Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.
Comercios
Los comercios minoristas y/o mayoristas deberán estar inscriptos ante esta Administración Federal con los códigos de actividad definidos para el Programa.
Estarán excluidas del régimen de reintegros:
- Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
- Trabajadores autónomos.
Vigencia
Estas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las operaciones que se realicen a partir de las 00 horas del 18 de septiembre de 2023.
Según fuentes de AFIP, alrededor de 20 millones de personas podrán obtener el beneficio sobre la compra de alimentos y productos de higiene personal, sin necesidad de hacer ningún trámite.
Fuente: NA
Nacional
Juez declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario
El fallo ordena al Ejecutivo dictar las normas necesarias para garantizar el cumplimiento inmediato de la norma.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, universidades y docentes, y a la demanda de la Universidad de Buenos Aires. El juez Martín Cormick declaró inconstitucional el decreto 759/2025 en el tramo que condicionaba la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a la existencia de partidas presupuestarias concretas, mecanismo que el magistrado calificó como un “mecanismo extraconstitucional” de bloqueo no contemplado en la Constitución Nacional.
En concreto, el Gobierno había atado la ejecución de la ley al artículo 5° de la Ley de Administración Financiera, que establece que toda norma que disponga gastos queda suspendida hasta que se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto. El fallo desactiva ese freno y ordena al Ejecutivo dictar las normas reglamentarias y ejecutorias para garantizar el cumplimiento inmediato de la ley. Cormick también señaló que el artículo 9° de la propia norma brindaba criterios suficientes para que el Ejecutivo redistribuyera los recursos necesarios.
Entre los argumentos del fallo, el juez recordó que ya existía una medida cautelar que ordenaba cumplir los artículos referidos a salarios y becas, y citó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso según la cual el costo de implementar la ley en 2025 equivale al 0,23% del PBI. La resolución es de primera instancia.
La Ley 27.795 de Financiamiento Universitario establece que el Poder Ejecutivo debe garantizar partidas para el ingreso, la permanencia y la graduación de estudiantes, además de actualizar los salarios docentes según la variación del Índice de Precios al Consumidor e incorporar sumas no remunerativas y no bonificables a los básicos.
Nacional
El Gobierno emite bonos para cancelar deuda con constructoras
La Cámara Argentina de la Construcción advierte que el monto es insuficiente frente a una deuda estimada en $400.000 millones.
El secretario de Finanzas, Federico Furiase, y el de Hacienda, Carlos Guberman, firmaron una medida que amplía una canasta de tres bonos en pesos capitalizables para cancelar obligaciones pendientes con empresas constructoras. Los títulos tienen vencimientos entre octubre de 2026 y abril de 2027, y al ser capitalizables no generan impacto directo en el gasto ni en el resultado fiscal.
La deuda que se busca saldar corresponde a certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios del período enero de 2022 a diciembre de 2025, más contratos de obra pública extinguidos desde 2024. La operatoria se enmarca en el Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública, establecido en julio por la Secretaría de Coordinación de Infraestructura.
La canasta se distribuye en tres instrumentos: un 33% en una Lecap con vencimiento el 30 de octubre, por hasta $60.000 millones; otro 33% en una Boncap al 15 de enero de 2027, por hasta $51.000 millones; y el 34% restante en una Boncap al 30 de abril de 2027, por hasta $60.000 millones. Los tres títulos habían sido emitidos originalmente durante 2025 y ahora se amplían para cubrir estas obligaciones.
Desde el sector privado, la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco) calificó el monto como “exiguo”. Relevamientos preliminares de la entidad entre sus socios estiman que la deuda total por certificados de obra podría alcanzar los $400.000 millones. No es la primera vez que el Gobierno recurre a este mecanismo: en mayo de 2024 utilizó una fórmula similar con generadoras eléctricas y productores de gas, mediante un bono en dólares a 2038 con quita del 50%.
Nacional
El Gobierno enviará al Congreso un proyecto de reforma del mercado de capitales
Sturzenegger presentó los lineamientos en la apertura de la Semana del Inversor junto a autoridades de la CNV y el Banco Central.
El Poder Ejecutivo remitirá en los próximos días al Congreso un proyecto de ley para reformar el mercado de capitales. La iniciativa apunta a simplificar la regulación vigente, ampliar los instrumentos disponibles, fortalecer las garantías y facilitar el acceso al financiamiento. El anuncio lo realizó el ministro de Desregulación y Transformación, Federico Sturzenegger, durante la inauguración de la Semana del Inversor, organizada en la Cámara de Comercio, donde también estuvieron presentes el presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Roberto Silva, directores del Banco Central y referentes del sistema financiero.
Según explicó Sturzenegger, el proyecto fue elaborado en conjunto con la CNV y el Banco Central, e introducirá modificaciones en distintos regímenes que actualmente regulan el mercado de capitales. El ministro describió dos ejes centrales: la simplificación y desregulación —con mayor libertad en los bienes que pueden prendarse, los instrumentos disponibles y la forma de estructurar contratos— y el fortalecimiento de las garantías para ampliar las alternativas de financiamiento y reducir costos.
En su exposición, Sturzenegger señaló que la Argentina dispone de un volumen significativo de ahorro en el exterior, que estimó en 300.000 millones de dólares, y que en condiciones adecuadas podría canalizarse hacia el mercado local. Afirmó que el país ya resolvió las restricciones fiscal y externa, y destacó el potencial de crecimiento de las exportaciones como factor favorable para el desarrollo del mercado de capitales.
El ministro también realizó una referencia política al sostener que, con la reelección del presidente Javier Milei el año próximo, se resolvería lo que denominó la restricción política. En ese marco, planteó que al mercado de capitales actual ya se le están creando las bases para su consolidación y expansión.
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