Nacional
Bono para trabajadores informales: el Gobierno estableció las condiciones para cobrarlo
Es un “refuerzo” por $94.000. La medida había sido anticipada por el ministro de Economía, Sergio Massa.
El Gobierno oficializó el pago de un bono de $94.000 a trabajadores informales y detalló cómo deberán gestionarlo quienes busquen acceder a ese beneficio. Ese dinero se pagará en dos cuotas mensuales de $47.000 cada una, en octubre y en noviembre.
La decisión, que había sido anticipada por el ministro de Economía, Sergio Massa, se formalizó por medio del decreto 493/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
“Institúyese, con alcance nacional, un refuerzo para trabajadores informales como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional, destinada a compensar la pérdida del poder adquisitivo de ingresos de personas sin ingresos formales y/o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, particularmente afectadas por la situación de aceleración del nivel general de precios”, señaló el texto oficial.
Según lo dispuesto, el bono será otorgado a personas que se encuentren en “situación de extrema vulnerabilidad, sobre la base de los criterios objetivos establecidos en el presente decreto y en las normas complementarias y aclaratorias que se dicten para tal fin”.
Para acceder al cobro, las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos
— Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia no inferior a dos años anteriores a la fecha que se establezca en la normativa complementaria; debiendo todas ellas habitar en el territorio de la República Argentina durante todo el período citado.
— Tener 18 años de edad o más y no haber cumplido los 65 años al 30 de septiembre de 2023.
— Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la normativa complementaria.
— Completar la solicitud, de conformidad con lo establecido en la normativa complementaria correspondiente.
Además, quienes soliciten el refuerzo no deberán encontrarse:
— Percibiendo ingresos formales de ningún tipo.
— Bajo relación de dependencia registrada en el Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Sector Privado.
— Inscripta en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes ni en el Régimen de Autónomos.
— Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
— Incluida en el Sistema de Servicios de Salud, conforme lo establezca la AFIP.
— Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares.
— Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales.
— Privada de la libertad, bajo cualquier modalidad.
— Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de alguna de las prestaciones establecidas por el Régimen de Asignaciones Familiares, considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.
— Percibiendo ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o de la Asignación por Embarazo para Protección Social, o del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR), o del Programa Nacional de Inclusión Socioproductiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo”.
En tanto, las personas de entre 18 y 24 años podrán acceder al bono cuando el grupo familiar supere la evaluación socioeconómica que se establezca a tal efecto en la normativa complementaria.
El Poder Ejecutivo estableció también que el beneficio deberá solicitarse ante la ANSeS, y que ésta realizará intercambios de información con aquellas bases de datos que administran los organismos competentes en las materias específicas y vinculadas al cumplimiento de los requisitos, y establecerá las normas aclaratorias y complementarias que resultaren necesarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión.
Para el Gobierno, “resulta imprescindible abordar una medida que acompañe a los sectores informales sin ingresos que no se vieron beneficiados por diferentes acciones, de manera de ayudarlos a sortear el aceleramiento de precios y el abrupto encarecimiento del costo de vida”.
Fuente: NA
Nacional
La industria manufacturera perdió más de 66.000 empleos formales en dos años
San Luis figura entre las provincias con mayor caída porcentual, con una baja del 11,3% en su planta industrial.
La industria manufacturera argentina registró una pérdida neta de 66.262 puestos asalariados formales entre el primer trimestre de 2024 y el mismo período de 2026, lo que representa una caída del 5,2% en el empleo formal del sector y explica el 45% del derrumbe en la nómina privada nacional. Los datos surgen de un informe de la consultora Politikon Chaco elaborado en base a registros oficiales de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
El Gran Buenos Aires fue la región más afectada en términos absolutos: los partidos del conurbano perdieron 25.623 puestos registrados, una retracción del 7,4% de su plantilla sectorial. Aunque el GBA concentra el 26,5% del empleo industrial del país, explicó por sí solo el 38,7% de todas las bajas nacionales. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires sumó 8.617 empleos menos (-4,8%) y el interior bonaerense, 8.064 (-4,1%). En conjunto, la región metropolitana y la provincia de Buenos Aires dieron cuenta de más del 60% del ajuste manufacturero total.
Entre las provincias con mayores caídas porcentuales se destacaron La Rioja (-15,0%), La Pampa (-12,8%), San Luis (-11,3%) y Misiones (-10,1%). En los principales centros productivos del interior, Santa Fe perdió 5.369 puestos (-3,9%) y Córdoba, 5.018 (-4,4%).
Solo tres provincias cerraron el período con saldo positivo: Santa Cruz creció un 11,8% (+420 puestos), Neuquén un 9,2% (+1.216) y Río Negro un 7,8% (+1.205), impulsadas por el sector de alimentos y servicios industriales. Entre las tres sumaron 2.841 nuevos empleos, cifra insuficiente para compensar la caída general.
Nacional
BYD analiza invertir en Argentina en baterías y litio
La iniciativa permanece en etapa de evaluación y no se anunciaron montos, ubicaciones ni plazos concretos.
El canciller Pablo Quirno se reunió en Singapur con Stella Li, vicepresidenta ejecutiva de BYD, para explorar oportunidades de inversión de la automotriz china en Argentina. El encuentro giró en torno a la cadena de valor del litio, con foco en la producción de baterías y sistemas de almacenamiento energético. Quirno destacó el potencial del país para atraer proyectos industriales vinculados a sus recursos minerales y lo enmarcó en las políticas de promoción de inversiones del gobierno de Javier Milei.
El interés de BYD por el litio argentino tiene antecedentes. En abril de este año, durante el Salón del Automóvil de Beijing, la propia Li había manifestado la intención de incorporar el mineral argentino a su cadena de abastecimiento, aunque condicionada a su competitividad. En esa misma ocasión, la ejecutiva señaló que la compañía evaluaba oportunidades industriales en América Latina como parte de una estrategia para ampliar su producción fuera de China.
Por el momento, no se anunciaron montos de inversión, posibles ubicaciones ni plazos para concretar una planta industrial. La iniciativa permanece en etapa de evaluación y tampoco se precisó qué procesos de fabricación podrían desarrollarse localmente. Cabe destacar que las tecnologías de baterías y almacenamiento energético no se limitan a la industria automotriz: también se aplican al almacenamiento de energía renovable, al abastecimiento de instalaciones industriales y a la estabilidad de redes eléctricas.
Fundada en 1995 como fabricante de baterías recargables, BYD ingresó al sector automotriz en 2003 y con los años diversificó sus actividades hacia la generación solar, el almacenamiento energético y la movilidad eléctrica. Hoy es una de las principales productoras de vehículos eléctricos e híbridos enchufables del mundo.
Nacional
ARCA extendió hasta fines de octubre el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a prorrogar la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del 2025, por lo que los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de octubre de 2026 para realizar el trámite.
La medida implementada este jueves mediante la Resolución General 5911/2026, publicada en el Boletín Oficial, responde a “razones de administración tributaria” que buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.
En este sentido, el Gobierno también adujo que la nueva postergación del vencimiento se da tras la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal II, “cuyas previsiones impactan en la liquidación del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2025”.
La prórroga es la cuarta que establece el organismo en el actual periodo fiscal. El vencimiento original había sido extendido en primera instancia hasta el 27 de julio de 2026 y después fue ampliado hasta el 22 de septiembre y más tarde hasta el 13 de octubre.
La nueva extensión del plazo para presentar la declaración jurada no afecta la fecha del vencimiento del pago que tuvo lugar a finales de julio. De esta forma, se mantiene la disociación de las fechas de vencimiento que se había producido en las prórrogas anteriores.
La normativa determina que las obligaciones de las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del simplificado, podrán cumplirse excepcionalmente en las siguientes fechas:
- Presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025: se extendió el plazo hasta el 30 de octubre de 2026.
- Pago del saldo resultante: se mantiene sin cambios para el 27 de julio de 2026.
Asimismo, el organismo tributario decidió no volver a prorrogar el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2026, que había sido pospuesto a fines de agosto pasado. De esta forma, la obligación para personas humanas y sucesiones indivisas venció el 24 de septiembre pasado.
Fuente: NA
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