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Nacional

Monotributo: la AFIP reglamentó las nuevas condiciones que facilitan la permanencia o reingreso

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó las condiciones que permiten la adhesión, permanencia o reingreso al monotributo o Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (RS), así como la reducción de los costos de cumplimiento.

En el marco de la ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, a través de la Resolución General N° 5546/24, la AFIP reglamentó las condiciones que permiten no solo que una mayor cantidad de contribuyentes puedan adherirse, permanecer y reingresar al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) sino también reducir los costos de cumplimiento.

Además, el organismo reglamentó la adecuación de categorías y cuotas. El organismo adecuó las categorías en función de los nuevos parámetros de ingresos brutos anuales, precio máximo unitario de venta y montos de alquileres devengados anualmente, que tienen efectos desde el 1° de enero de 2024 y pueden consultarse en el portal “Monotributo” (https://www.afip.gob.ar/monotributo/), con el fin de obtener la nueva credencial que contendrá el Código Único de Revista (CUR) actualizado.

También se pueden consultar allí los valores de las cuotas vigentes a partir del período agosto de 2024.

AFIP: exclusiones y renuncias al Monotributo

Aquellos contribuyentes que hubieran sido excluidos o que hubiesen renunciado al monotributo -entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024-, podrán solicitar el reingreso al régimen simplificado hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive, con efecto a partir del primer día del mes inmediato posterior a su solicitud, sin tener que esperar los 3 años que establece la normativa vigente.

AFIP: para quienes alquilan inmuebles

La actividad de alquiler de inmuebles -mediante contratos debidamente registrados- se considerará una sola unidad de explotación, independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma.

Anteriormente cada propiedad alquilada era considerada una unidad de explotación y se admitía un máximo de 3 bajo el Régimen Simplificado.

Los contribuyentes que hubieran renunciado o hubieran sido excluidos desde la vigencia de la Ley 27.737 por haber excedido la cantidad de unidades de explotación podrán solicitar nuevamente la adhesión al Monotributo con efecto desde tal solicitud.

A su vez, quienes tengan ingresos provenientes exclusivamente del alquiler de hasta 2 inmuebles estarán exentos del pago del impuesto integrado.

Monotributo para alquiler de inmuebles: cómo hacer uso del beneficio

Para hacer uso de este beneficio, los pequeños contribuyentes deberán:

  • Ingresar con su clave fiscal al Portal de Monotributo y registrarse seleccionando la opción “Modificación locador de hasta 2 inmuebles – Beneficio Ley 27737”, informando el período a partir del cual correspondería la exención del impuesto integrado.
  • Declarar en el servicio con clave fiscal “Sistema Registral” la actividad “681098 – Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes propios o arrendados”.
  • Tener registrados los contratos de alquiler respectivos en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI”.

La registración que tenga efecto retroactivo a los períodos devengados entre octubre de 2023 y julio de 2024, inclusive, deberá efectuarse hasta el 30 de septiembre de 2024, en cuyo caso, podrán reimputar el impuesto integrado abonado por dichos períodos a través del servicio con clave fiscal “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” o solicitar su devolución.

Nacional

El Gobierno aumentó un 38% la Prestación Alimentar

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El Gobierno nacional aumentó un 38% los montos de la Prestación Alimentar, anteriormente conocida como Tarjeta Alimentar, mediante la Resolución 161/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La medida instrumentada por el Ministerio de Capital Humano entra en vigencia a partir del presente mes de mayo y tiene el objetivo de fortalecer la recomposición del poder de compra de los sectores más vulnerables.

Nuevos valores por categoría

De acuerdo a lo establecido en la normativa firmada por la ministra Sandra Pettovello, los importes mensuales de la prestación se ajustarán según la composición del grupo familiar:

  • Categoría 1 – Familias con un hijo de hasta 17 años, mujeres embarazadas (desde el tercer mes) y familias con un hijo con discapacidad (sin límite de edad): $72.250
  • Categoría 2 – Familias con dos hijos que cumplan los criterios de edad o discapacidad, o mujeres embarazadas con un hijo a cargo: $113.299
  • Categoría 3 – Familias con tres hijos o más, o mujeres embarazadas con al menos dos hijos a cargo: $149.425

Hasta abril, los valores de la prestación que garantiza el acceso a la canasta básica alimentaria iban entre $52.250 y $108.062.

Al fundamentar el incremento, la resolución destaca que la Prestación Alimentar, junto con la Asignación Universal por Hijo (AUH), ha sido un pilar fundamental en la mejora de los indicadores sociales registrados recientemente.

Según datos oficiales del INDEC citados en la norma, la pobreza se redujo del 38,1% en el segundo semestre de 2024 al 28,2% en el mismo periodo de 2025. Por su parte, la indigencia descendió al 6,3% hacia fines del año pasado.

Desde la cartera de Capital Humano señalaron que, ante esta evolución favorable y en un contexto de estabilización macroeconómica, resulta necesario “fortalecer las acciones” de asistencia para consolidar el bienestar social.__IP__

La prestación está dirigida a titulares de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, la Asignación por Hijo con Discapacidad y la Pensión No Contributiva para Madres de 7 o más hijos. El beneficio se acredita de manera mensual y automática como un complemento dinerario no remunerativo destinado exclusivamente a la adquisición de alimentos.

Fuente: NA

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Nacional

Bullrich le pidió a Adorni que presente su declaración jurada “de inmediato”

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La jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, sostuvo este miércoles que el jefe de Gabiente, Manuel Adorni, tiene que presentar su declaración jurada “de manera inmediata” porque sino “el proyecto sufre”, mientras que admitió que quiere “representar a los porteños”, aunque aclaró que no necesariamente desea hacerlo como jefa de Gobierno porteño, en medio de las versiones de su intención de suceder a Jorge Macri.

“Voy a estar donde quiera el presidente Milei. Los senadores son representantes de su pueblo. Quiero representar a los porteños. Si soy jefa de Gobierno porteño o no, no importa”, sostuvo la ex ministra de Seguridad en declaraciones al canal A24.

Sobre el caso Adorni, Bullrich dijo que que el funcionario tiene que presentar su declaración de ingresos y que debe hacerlo de forma “contundente y rápida porque sino el proyecto sufre, eso es lo más importante”.

“(Adorni) Tiene que hacer el esfuerzo para que esto se termine lo antes posible”, agregó sobre el ministro coordinador. “Porque nosotros queremos discutir los temas que nos van a traer inversiones”, argumentó. 

“Estirar esto es algo que no tiene sentido, ya se abrió el plazo para la presentación de la declaración jurada de bienes”, insistió.__IP__

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Nacional

Javier Milei sin vueltas: “Ni en pedo se va Adorni”

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Buenos Aires, 6 mayo  – El presidente Javier Milei respaldó públicamente al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, remarcando que no dejará su cargo y culpó al kirchnerismo por las acusaciones que tiene en su contra.

Al ser consultado en una entrevista en la señal de noticias La Nación+ sobre el futuro de Adorni, Milei sentenció: “Ni en pedo se va”. 

“O sea, estoy perfectamente tranquilo que Adorni es una persona honesta y es un hombre de bien. Y que, digamos, entiendo la carnicería mediática, los números mal hechos con mala intención…”, completó el Presidente. 

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