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Nacional

La industria manufacturera perdió más de 66.000 empleos formales en dos años

San Luis figura entre las provincias con mayor caída porcentual, con una baja del 11,3% en su planta industrial.

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La industria manufacturera argentina registró una pérdida neta de 66.262 puestos asalariados formales entre el primer trimestre de 2024 y el mismo período de 2026, lo que representa una caída del 5,2% en el empleo formal del sector y explica el 45% del derrumbe en la nómina privada nacional. Los datos surgen de un informe de la consultora Politikon Chaco elaborado en base a registros oficiales de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

El Gran Buenos Aires fue la región más afectada en términos absolutos: los partidos del conurbano perdieron 25.623 puestos registrados, una retracción del 7,4% de su plantilla sectorial. Aunque el GBA concentra el 26,5% del empleo industrial del país, explicó por sí solo el 38,7% de todas las bajas nacionales. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires sumó 8.617 empleos menos (-4,8%) y el interior bonaerense, 8.064 (-4,1%). En conjunto, la región metropolitana y la provincia de Buenos Aires dieron cuenta de más del 60% del ajuste manufacturero total.

Entre las provincias con mayores caídas porcentuales se destacaron La Rioja (-15,0%), La Pampa (-12,8%), San Luis (-11,3%) y Misiones (-10,1%). En los principales centros productivos del interior, Santa Fe perdió 5.369 puestos (-3,9%) y Córdoba, 5.018 (-4,4%).

Solo tres provincias cerraron el período con saldo positivo: Santa Cruz creció un 11,8% (+420 puestos), Neuquén un 9,2% (+1.216) y Río Negro un 7,8% (+1.205), impulsadas por el sector de alimentos y servicios industriales. Entre las tres sumaron 2.841 nuevos empleos, cifra insuficiente para compensar la caída general.

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BYD analiza invertir en Argentina en baterías y litio

La iniciativa permanece en etapa de evaluación y no se anunciaron montos, ubicaciones ni plazos concretos.

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El canciller Pablo Quirno se reunió en Singapur con Stella Li, vicepresidenta ejecutiva de BYD, para explorar oportunidades de inversión de la automotriz china en Argentina. El encuentro giró en torno a la cadena de valor del litio, con foco en la producción de baterías y sistemas de almacenamiento energético. Quirno destacó el potencial del país para atraer proyectos industriales vinculados a sus recursos minerales y lo enmarcó en las políticas de promoción de inversiones del gobierno de Javier Milei.

El interés de BYD por el litio argentino tiene antecedentes. En abril de este año, durante el Salón del Automóvil de Beijing, la propia Li había manifestado la intención de incorporar el mineral argentino a su cadena de abastecimiento, aunque condicionada a su competitividad. En esa misma ocasión, la ejecutiva señaló que la compañía evaluaba oportunidades industriales en América Latina como parte de una estrategia para ampliar su producción fuera de China.

Por el momento, no se anunciaron montos de inversión, posibles ubicaciones ni plazos para concretar una planta industrial. La iniciativa permanece en etapa de evaluación y tampoco se precisó qué procesos de fabricación podrían desarrollarse localmente. Cabe destacar que las tecnologías de baterías y almacenamiento energético no se limitan a la industria automotriz: también se aplican al almacenamiento de energía renovable, al abastecimiento de instalaciones industriales y a la estabilidad de redes eléctricas.

Fundada en 1995 como fabricante de baterías recargables, BYD ingresó al sector automotriz en 2003 y con los años diversificó sus actividades hacia la generación solar, el almacenamiento energético y la movilidad eléctrica. Hoy es una de las principales productoras de vehículos eléctricos e híbridos enchufables del mundo.

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Nacional

ARCA extendió hasta fines de octubre el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a prorrogar la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del 2025, por lo que los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de octubre de 2026 para realizar el trámite.

La medida implementada este jueves mediante la Resolución General 5911/2026, publicada en el Boletín Oficial, responde a “razones de administración tributaria” que buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

En este sentido, el Gobierno también adujo que la nueva postergación del vencimiento se da tras la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal II, “cuyas previsiones impactan en la liquidación del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2025”.

La prórroga es la cuarta que establece el organismo en el actual periodo fiscal. El vencimiento original había sido extendido en primera instancia hasta el 27 de julio de 2026 y después fue ampliado hasta el 22 de septiembre y más tarde hasta el 13 de octubre.    

La nueva extensión del plazo para presentar la declaración jurada no afecta la fecha del vencimiento del pago que tuvo lugar a finales de julio. De esta forma, se mantiene la disociación de las fechas de vencimiento que se había producido en las prórrogas anteriores.

La normativa determina que las obligaciones de las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del simplificado, podrán cumplirse excepcionalmente en las siguientes fechas:

  • Presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025: se extendió el plazo hasta el 30 de octubre de 2026.
  • Pago del saldo resultante: se mantiene sin cambios para el 27 de julio de 2026.

Asimismo, el organismo tributario decidió no volver a prorrogar el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2026, que había sido pospuesto a fines de agosto pasado. De esta forma, la obligación para personas humanas y sucesiones indivisas venció el 24 de septiembre pasado.

Fuente: NA

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Juez declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El fallo ordena al Ejecutivo dictar las normas necesarias para garantizar el cumplimiento inmediato de la norma.

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, universidades y docentes, y a la demanda de la Universidad de Buenos Aires. El juez Martín Cormick declaró inconstitucional el decreto 759/2025 en el tramo que condicionaba la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a la existencia de partidas presupuestarias concretas, mecanismo que el magistrado calificó como un “mecanismo extraconstitucional” de bloqueo no contemplado en la Constitución Nacional.

En concreto, el Gobierno había atado la ejecución de la ley al artículo 5° de la Ley de Administración Financiera, que establece que toda norma que disponga gastos queda suspendida hasta que se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto. El fallo desactiva ese freno y ordena al Ejecutivo dictar las normas reglamentarias y ejecutorias para garantizar el cumplimiento inmediato de la ley. Cormick también señaló que el artículo 9° de la propia norma brindaba criterios suficientes para que el Ejecutivo redistribuyera los recursos necesarios.

Entre los argumentos del fallo, el juez recordó que ya existía una medida cautelar que ordenaba cumplir los artículos referidos a salarios y becas, y citó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso según la cual el costo de implementar la ley en 2025 equivale al 0,23% del PBI. La resolución es de primera instancia.

La Ley 27.795 de Financiamiento Universitario establece que el Poder Ejecutivo debe garantizar partidas para el ingreso, la permanencia y la graduación de estudiantes, además de actualizar los salarios docentes según la variación del Índice de Precios al Consumidor e incorporar sumas no remunerativas y no bonificables a los básicos.

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