Nacional
Reforma de Alquileres: el oficialismo logró convertir en ley en Diputados la media sanción del Senado
Tras 17 horas de sesión, la Cámara de Diputados aprobó la reforma de la ley de Alquileres con los cambios del Senado.

Luego de casi 17 horas de sesión en la Cámara de Diputados, pasadas las 5 de la madrugada, el oficialismo logró imponer en la votación su propia versión de la reforma a la Ley de Alquileres, la cual convirtió en ley al aceptar la iniciativa venida en revisión del Senado.
La iniciativa, que mantiene los tres años de duración de los contratos pero achica a seis meses (actualmente el ajuste es anual) el intervalo mínimo para actualizar el precio del alquiler, cosechó 128 votos a favor, 114 en contra y ninguna abstención.
Para llegar a esa mayoría, el Frente de Todos contó con la colaboración de los diputados del Frente de Izquierda, mientras que el Interbloque Federal y Provincias Unidas se dividieron entre votos positivos y negativos.
Por ejemplo, del interbloque Federal votaron a favor Natalia de la Sota (Córdoba Federal), Enrique Estévez (Socialista), Mónica Fein (Socialista) y Alejandro “Topo” Rodríguez (Identidad Bonaerense), mientras que Graciela Camaño (Identidad Bonaerense), Carlos Gutiérrez (Córdoba Federal) y Florencio Randazzo (Identidad Bonaerense) lo hicieron en contra. El cordobés Ignacio García Aresca se ausentó.
En Provincias Unidas, extrañamente el bloque Juntos Somos Río Negro se dividió: mientras que Luis Di Giácomo acompañó el proyecto, Agustín Domingo lo rechazó. En cambio, los dos diputados del Frente de la Concordia Misionero (Carlos Fernández y Diego Sartori) no mostraron fisuras y se alinearon a favor de la Ley de Alquileres del oficialismo.
Pasaron apenas 49 días de la media sanción que la oposición había conseguido en la Cámara baja, que proponía reducir a dos años los contratos de alquiler e indexar sus valores cuatrimestralmente (tres veces por año), prescindiendo de indicadores fijos para el ajuste de los precios, es decir, dejándolo a merced del acuerdo libre entre las partes.
Sin embargo, esa mayoría opositora no pudo replicarse en el Senado, donde el proyecto fue modificado con el impulso del oficialismo. Al volver a la cámara de origen, se ratificó la versión de la Cámara alta, lo que significa un triunfo parlamentario para el Frente de Todos.
Nueva ley de Alquileres
Esta nueva ley de Alquileres mantiene los tres años de duración de los contratos, pero establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, contrariamente a la normativa que estaba vigente que permite hasta una sola actualización por año del valor del alquiler.
En tanto, se establece como índice para la actualización del precio el coeficiente de “Casa Propia” utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
El mismo estará “conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina”.
Además, el texto de la norma aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional, así como la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles no puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
También se incorpora un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que “los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
Por otra parte, se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.
En tanto, quedó plasmado otro beneficio según el cual “las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.
El debate
El debate de la ley de Alquileres comenzó a las 4 de la madrugada, cuando los diputados ya llevaban casi 16 horas de sesión. En realidad, el tratamiento de la iniciativa estaba previsto para más tarde de acuerdo al orden del día aprobado en Labor Parlamentaria, pero los presidentes de los bloques acordaron adelantar la discusión.
El encargado de introducir el tema fue el presidente de la comisión General, Lucas Godoy (Frente de Todos), quien subrayó que no existe “una relación paritaria” entre las dos partes del contrato de alquiler, por lo que la normativa debía “legislar para equilibrar las condiciones de los contratantes”.
“No estoy hablando de que haya buenos y malos; lo que hay son asimetrías”, aclaró al respecto.
Tras reconocer que la ley aprobada en 2020 fruto del acuerdo transversal no dio las respuestas esperadas, pero explicó que el aumento descontrolado de los precios de los alquileres y la reducción de la oferta responde a otros fenómenos que no tienen que ver con el texto mismo de la norma.
En este sentido, puso el foco en el crecimiento de los alquileres temporarios y la propia lógica inflacionaria que atraviesa a todos los precios de la economía.
A su turno, el diputado del PRO Pablo Tonelli, en carácter de miembro informante del dictamen de minoría, explicó las razones por las cuales a su entender fracasó la ley original 27.551, que particularmente perjudicó a los inquilinos dado que “provocó una enorme retracción de viviendas para alquilar”.
“Al momento de sancionarse la ley, la oferta oscilaba entre unas 7 mil y 8 mil unidades de oferta; hoy en día la oferta se ha reducido a bastante menos de mil. Hoy por hoy está en el orden de las 500 unidades. Esto es evidente que perjudica a los inquilinos y dada la escasez de la oferta les impide negociar en igualdad de condiciones los términos del contrato”, explicó.
Para el macrista, este balance negativo tiene como origen “la alteración del equilibrio entre las partes”.
“Y la verdad es que hay que concluir que la Ley 27.551 alteró ese equilibrio y con la intención de proteger a los inquilinos, los terminó perjudicando”, expresó.
Luego Tonelli advirtió que la ley venida del Senado, que calificó como una copia de la ley vigente “con mínimos maquillajes”, va a “afectar la rentabilidad de los locadores, y ya hemos visto lo que pasa cuando esto sucede”.
“Lo razonable, lo sensato entonces, si queremos un resultado distinto y volver a una situación de normalidad y que la oferta se amplíe, es entonces que insistamos en nuestra sanción, que es lo que propiciamos en nuestro interbloque”, finalizó el opositor de Juntos por el Cambio.
Por su parte, el diputado del Frente de Todos Itai Hagman negó rotundamente que “la existencia de una ley de alquileres era la causa de todos los problemas en el mercado inmobiliario”.
Según dijo, en la ciudad de Buenos Aires la oferta de alquileres se incrementó hasta el primer trimestre del año 2022, y recién entonces comenzó a verificarse una caída, lo cual cronológicamente se ubica después de la sanción de aquella ley de Alquileres denominada “Lipovetzky”.
A su turno, Alejandro Cacace, argumentó a favor de establecer contratos de dos años y no de tres, señalando que la situación argentina es muy distinta a la de países como Alemania, que “es un país que tiene estabilidad y no tiene inflación” y por ende “no habría absolutamente ningún problema en tener contratos de tres años, inclusive más largos”.
“Lo que pasa es que acá tenemos 12% de inflación (mensual) y acelerándose. Cuando uno fija por 3 años el contrato y no puede actualizarlos, esa incertidumbre hace que los propietarios retiren las propiedades, vendan las propiedades, las pasen al alquiler temporario o traten de hacer actualizaciones más frecuentes”, explicó.
La última oradora fue la diputada del Frente de Todos Paula Penacca, quien interpretó como una “falacia” la teoría según la cual “el mercado de alquileres funcionaba bien y esta ley lo rompió”.
En ese sentido, la legisladora camporista afirmó que “la ley no es el problema” que origina la inflación de los alquileres, sino que ésta responde al contexto más general de la aceleración inflacionaria que se desató en 2018 cuando se llegó a una “devaluación anual del 100%”.
“Por lo tanto la expectativa de propietarios e inmobiliarias no coinciden con lo que logran ganar”, explicó Penacca.
“Hay una última falacia, que es un contrato libre entre iguales; ni es un contrato libre, ni es entre dos partes, porque en el medio están las inmobiliarias y que esta desigualdad es manifiesta, porque las personas que tienen que buscar donde vivir, no pueden elegir no alquilar”, completó.
Fuente: NA
Nacional
Preocupación por la salud de Thiago Medina: “Necesitamos un milagro”

La salud de Thiago Medina se complicó en las últimas horas y correría peligro su vida, según informaron sus familiares más cercanos. Daniela Celis, madre de las hijas de Thiago, y “Camilota“, su hermana, pidieron a sus seguidores que se unan a la cadena de oraciones para pedir por la recuperación del joven.
A través de sus historias de Instagram, Daniela informó sobre la descompensación de su ex pareja, mencionando que el órgano más afectado son sus pulmones.
“Cadena de oración. Querida familia, amigos y comunidad: hoy necesitamos de cada uno de ustedes. Thiago se encuentra en un momento muy delicado de salud. Estamos esperando una señal de dios, una evolución, y creemos en la fuerza de la fe, en los milagros y en la unión de muchas oraciones. Les pedimos que se unan a nosotros, que eleven una plegaria por su vida, por su recuperación”, imploró.
Y sumó: “Confiamos en que la fe mueve montañas y qué juntos podemos acompañarlo con luz, esperanza y amor.
Gracias de corazón por cada palabra, cada pensamiento y cada oración que le dediquen en este momento”.
Por otra parte, Camilota se mostró muy afectada por la situación y pidió a sus seguidores que oren por su hermano: “Vengo acá a pedirles un favor, que hagamos una cadena de oración para mi hermano. Me llamaron del hospital, necesitamos un milagro”.
Nacional
El riesgo país alcanzó su punto más alto en once meses en medio de la tensión cambiaria

El riesgo país trepó a 1140 puntos básicos y alcanzó el mayor nivel en los últimos once meses mientras que los bonos soberanos acrecientan su declive al registrar caídas en torno al 3%, en medio de la tensión cambiaria.
El indicador que elabora el JP Morgan llegó a un nuevo máximo en casi un año en el cierre de la semana pasada y promete continuar su escalada de la mano del negativo rendimiento de los títulos en dólares, a causa del panorama incierto sobre la capacidad de pago de la deuda ante la posible utilización de reservas en el mercado cambiario.
Con la tendencia alcista, el riesgo país de la Argentina escaló casi al doble del registro con el que arrancó el año (600 puntos) y está solo por debajo del de Bolivia (1385 puntos), en el segundo lugar del podio, que lo completa Ecuador (689 puntos).
Desde Rava Bursatil analizan que en el Gobierno “existe un dilema en la política cambiaria, con la defensa del techo de la banda del dólar mayorista y respaldo del FMI, mientras se vislumbran las posibilidades de un cambio de esquema luego de las elecciones de octubre”, planteando que “esta situación genera inquietud por el impacto en las reservas y el riesgo país”.
En el arranque de la semana, los bonos siguen retrocediendo, con el Global 2046 liderando las pérdidas (-3,6%), seguido por el Bonar 2041 (-3,6%), y el Bonar 2038 (-3,1%).
En este marco, la operadora bursátil expuso que “el deterioro de la posición de depósitos del Tesoro y las presuntas órdenes de venta del Banco Central en el mercado cambiario provocaron una fuerte caída en los bonos soberanos, impulsada por la preocupación sobre el eventual uso de las reservas”.
En la misma línea, sostuvo que “se analiza el escenario desafiante de Argentina sin capacidad de refinanciar deuda en los mercados internacionales, dado el elevado riesgo país y los importantes vencimientos”.
Fuente: NA
Nacional
Revocaron habilitación de Cristina Kirchner y no podrá votar por su condena

La Cámara Nacional Electoral (CNE), en un fallo unánime, revocó la decisión judicial que habilitaba a Cristina Kirchner para ejercer su derecho al voto, a pesar de su condena firme a seis años de prisión en la causa “Vialidad”. La medida, que impacta directamente en la situación electoral de la expresidenta, se fundamenta en los precedentes “Procuración Penitenciaria” y “Orazi” de la Corte Suprema.
La decisión del tribunal, integrado por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, anula la resolución del pasado 18 de julio de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto. Esta última había declarado la inconstitucionalidad de los artículos 19° inciso 2 y 12 del Código Penal, junto con el artículo 3 inciso “e” del Código Nacional Electoral, que establecen la inhabilitación absoluta y exclusión del padrón de personas condenadas por delitos dolosos.
La argumentación de la Cámara Electoral:
La CNE argumentó su decisión basándose en el caso “Procuración Penitenciaria”, donde el Tribunal Superior había declarado la inconstitucionalidad de las normas, pero había requerido al Congreso “revisar la reglamentación vigente sobre el derecho de sufragio de las personas con condena penal”, alertando sobre la imposición de “restricciones genéricas y de carácter automático”.
Además, la Cámara recordó el precedente “Orazi” de la Corte Suprema, que analizó el reclamo de un afectado que consideraba que diferir su derecho a votar hasta una reglamentación del Poder Legislativo era violatorio de la “garantía de tutela judicial efectiva”. La Corte, en aquel entonces, dejó en claro que no se podía habilitar de oficio y de forma genérica, sino que debían cumplirse ciertas “condiciones mínimas”.
Las “condiciones mínimas” que no se cumplieron:
Según la CNE, la decisión de la jueza Borruto fue revocada porque no se cumplieron estas “condiciones mínimas” establecidas en el precedente “Orazi”:
- La cuestión debía tratarse en un “caso concreto, instado por petición del interesado o del Ministerio Público”. El fallo original fue dictado de oficio, sin que Cristina Kirchner o el Ministerio Público lo solicitaran.
- Debía verificarse que la posibilidad de votar fuera “jurídica y fácticamente viable” y “de acuerdo al tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación”.
Al no haberse considerado ninguna de estas condiciones en la sentencia apelada, y al haberse dictado de oficio, la Cámara Nacional Electoral resolvió revocar la habilitación, dejando a Cristina Kirchner fuera del padrón electoral.
Fuente: NA