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Sobreseyeron a los cuatro gendarmes acusados por la desaparición y muerte de Santiago Maldonado

Lo decidió la Justicia Federal. Los gendarmes eran investigados por la muerte del joven ocurrida en agosto de 2017 en medio de una protesta.

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El juez federal Gustavo Lleral sobreseyó a cuatro gendarmes acusados por la desaparición y posterior muerte del joven Santiago Maldonado, ocurrida en agosto de 2017 en el sur de nuestro país. 

Maldonado murió luego de una protesta en la provincia de Chubut, en el paraje Pu Lof de Cushamen y se investiga si la misma fue motivada por la participación de la Gendarmería Nacional. 

Los sobreseimientos recayeron sobre el gendarme Emmanuel Echazu, investigado por desaparición forzada de persona; y también sobre Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, estos tres últimos acusados por los delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de deberes de funcionario público.

A Maldonado se lo vio por última vez el 1º de agosto de 2017 y su cuerpo apareció recién el 17 de octubre de ese año. La sospecha siempre estuvo sobre el accionar de la Gendarmería Nacional ya que ese 1º de agosto se llevó a cabo un operativo en la comunidad Pu Lof en Resistencia Cushamen, en inmediaciones de la Ruta 40, la cual era ocupada por la comunidad mapuche.

Los gendarmes ya habían sido sobreseídos pero años atrás la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó esa medida y ordenó seguir investigando ante la sospecha de que Maldonado pudiese haber sido abandonado por los efectivos en el Río Chubut donde su cuerpo fue encontrado.

“Que la copiosa y vehemente prueba analizada en los pasajes precedentes, descartan de plano cualquier especulación o conjetura tendientes a sostener que el cuerpo de la víctima fue artificialmente colocado en donde fue hallado, para así ocultar algún escenario secundario”, sostuvo el juez.

El magistrado evaluó que la Gendarmería no detuvo en ese operativo ni a Maldonado ni a ninguna otra persona, y también que haya sido llevado a algún lugar por la fuerza de seguridad.

Además, de la autopsia realizada el 20 de octubre de 2017 se constató que el joven murió por asfixia por sumersión y que su ingreso a las frías aguas del Río Chubut fue cuando estaba con vida. Maldonado no sabía nadar y las bajas temperaturas de las aguas atrofiaron su cuerpo y hasta se especula con la supuesta pérdida de consciencia.

“Debo tener por probado que Santiago Andrés Maldonado falleció en el Río Chubut, a la altura del predio ocupado por la comunidad denominada Pu Lof en Resistencia Cushamen, en la hondonada de aproximadamente más de 2 (dos) metros de profundidad en la que se sumergió el 1º de agosto de 2017; y que su cuerpo sin vida permaneció ininterrumpidamente allí hasta que fue hallado el 17 de octubre de 2017, primero sumergido en el fondo del lecho y, pocos días antes de su rescate, flotando en la superficie de ese curso de agua”, concluyó el juez en su extenso fallo.

“Teniendo siempre en cuenta la totalidad de los hechos que componen el objeto de esta causa y de sus acumuladas, puedo afirmar con absoluta certeza que ninguno de los sucesos y ninguna de las acciones humanas analizados son susceptibles de ser considerados delitos, de los tipificados por nuestra ley penal”, agregó en su extenso fallo.

En ese sentido, afirmó que “ninguna de las conductas desplegadas por los integrantes de la Gendarmería Nacional Argentina, que actuaron en el procedimiento, como ha quedado establecido a lo largo de este decisorio, puede ser considerada delito pues, como ya se vio, la actuación funcional de los uniformados fue ordenada judicialmente y siempre ajustada a la ley. Y ninguno de los funcionarios ejecutores de tales actos, incumplió, inobservó ni abusó de los deberes que tenían a su cargo en razón de su calidad funcional”

“Negarse a ver la realidad es materializar lo absurdo y vivir en la mentira. En el mejor de los casos, es abrazar una quimera”, concluyó el juzgado.

Fuente: NA

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UOCRA acordó aumentos escalonados y bonos para trabajadores de la construcción

El acuerdo, firmado el 19 de mayo, tuvo vigencia hasta el 31 de agosto y aún no hay novedades sobre los ajustes desde septiembre.

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La UOCRA cerró un acuerdo paritario con las cámaras empresarias del sector —Camarco y FAEC— que estableció aumentos escalonados y sumas no remunerativas para los trabajadores de la construcción. Los incrementos son aplicables a todas las categorías del Convenio Colectivo de Trabajo N° 76/75.

Dentro de ese esquema, el aumento correspondiente a agosto fue del 1,9% sobre los salarios básicos vigentes a julio. El acuerdo también contempló un bono extraordinario no remunerativo durante junio y una revisión salarial en julio.

El acta paritaria, firmada el 19 de mayo, establecía la vigencia del acuerdo hasta el 31 de agosto del corriente año. En paralelo, se previó el funcionamiento de una comisión especial para monitorear las variables económicas del sector y definir los ajustes a partir de septiembre de 2026. Hasta el momento, no hay novedades al respecto.

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La Justicia intimó al Gobierno a cumplir la Ley de Financiamiento Universitario

El tribunal advirtió que aplicará multas diarias si el Ejecutivo no acata la medida en el plazo establecido.

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 intimó al Gobierno nacional a cumplir en cinco días con la cautelar vigente vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario. El juez Martín Cormick determinó que el Estado no acreditó un cumplimiento total de la medida y dejó abierta la posibilidad de imponer multas diarias por cada jornada de demora.

La resolución surge a partir de un planteo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y apunta específicamente a los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, que refieren a la actualización salarial del personal docente y no docente, y a la recomposición de becas y programas estudiantiles.

Los gremios universitarios reclaman una recomposición del 32,5% por la pérdida salarial que atribuyen a los primeros años de la administración de Javier Milei, junto con una actualización de las partidas destinadas a becas. Ese porcentaje forma parte del planteo sindical, no de una determinación judicial.

El Ejecutivo había presentado documentación relacionada con acuerdos alcanzados durante 2026, pero el magistrado concluyó que esa información no demuestra un cumplimiento efectivo de lo ordenado. A comienzos de septiembre, Cormick ya había rechazado un pedido del Gobierno para levantar la cautelar, al considerar que los acuerdos previos no habían resuelto el deterioro salarial y presupuestario que originó el conflicto.

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Milei viaja a Nueva York para hablar de Malvinas ante la ONU

El miércoles mantendrá un encuentro con el secretario de Estado norteamericano Marco Rubio antes de su discurso.

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El presidente Javier Milei viaja a Nueva York, a las 23.00 del lunes, para una visita de tres días en la que pondrá el foco en el reclamo de soberanía sobre las islas Malvinas ante la Asamblea General de las Naciones Unidas. El mandatario llegará a esa ciudad el martes por la mañana, en un contexto de tensión diplomática con el Reino Unido que se viene acumulando en las últimas semanas.

Antes de subir al estrado del organismo multilateral —previsto para el miércoles cerca del mediodía—, Milei mantendrá el martes por la tarde un encuentro de alto nivel con Marco Rubio, secretario de Estado norteamericano y uno de los funcionarios de mayor influencia dentro del gobierno de Donald Trump. La reunión genera expectativas sobre posibles gestos de la administración republicana en relación al diferendo por las islas.

También figura en agenda un encuentro bilateral con el primer ministro israelí Benjamin Netanyahu, siempre con el foco en Malvinas y novedades judiciales respecto a los atentados antisemitas en la Argentina.

Serrá el tercer discurso de Milei ante la Asamblea General de la ONU. El Presidente viajó acompañado por el ministro de Economía, Luis Caputo.

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