Nacional
Juez declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario
El fallo ordena al Ejecutivo dictar las normas necesarias para garantizar el cumplimiento inmediato de la norma.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, universidades y docentes, y a la demanda de la Universidad de Buenos Aires. El juez Martín Cormick declaró inconstitucional el decreto 759/2025 en el tramo que condicionaba la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a la existencia de partidas presupuestarias concretas, mecanismo que el magistrado calificó como un “mecanismo extraconstitucional” de bloqueo no contemplado en la Constitución Nacional.
En concreto, el Gobierno había atado la ejecución de la ley al artículo 5° de la Ley de Administración Financiera, que establece que toda norma que disponga gastos queda suspendida hasta que se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto. El fallo desactiva ese freno y ordena al Ejecutivo dictar las normas reglamentarias y ejecutorias para garantizar el cumplimiento inmediato de la ley. Cormick también señaló que el artículo 9° de la propia norma brindaba criterios suficientes para que el Ejecutivo redistribuyera los recursos necesarios.
Entre los argumentos del fallo, el juez recordó que ya existía una medida cautelar que ordenaba cumplir los artículos referidos a salarios y becas, y citó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso según la cual el costo de implementar la ley en 2025 equivale al 0,23% del PBI. La resolución es de primera instancia.
La Ley 27.795 de Financiamiento Universitario establece que el Poder Ejecutivo debe garantizar partidas para el ingreso, la permanencia y la graduación de estudiantes, además de actualizar los salarios docentes según la variación del Índice de Precios al Consumidor e incorporar sumas no remunerativas y no bonificables a los básicos.