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AFIP elevó el monto para que los bancos y billeteras virtuales informen los movimientos de sus clientes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan. A partir de ahora, esos montos se actualizarán por inflación cada seis meses.

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La medida modifica la Resolución General N° 4298, que establece la obligación de informar de las entidades financieras a la AFIP. Con este cambio, los bancos deberán reportar cuando el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas sueldo, especiales y de la seguridad social llegue a los $700.000. Se trata de casi el cuádruple que hasta ahora, que era a los $200.000.

También se aumentaron los montos en el caso de los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital y están incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales. En este grupo están firmas como Mercado Pago, MODO, Personal Pay y Ualá, entre otras.

Para los consumos con estos PSP, al igual que con tarjetas de débito del titular y adicionales, el valor se eleva de $120.000 a $ 400.000. Según informó AFIP, “para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC”.

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