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Milei impulsa un divorcio exprés, sin intervención de abogados ni jueces
La propuesta fue incluida en la ley ómnibus dentro del capítulo que modifica artículos clave del Código Civil. De aprobarse en el Congreso, para separarse, si hay común acuerdo, sólo habrá que ir al Registro Civil y manifestar la decisión de disolver el matrimonio.
El presidente Javier Milei propuso que a partir de ahora los matrimonios que decidan de común acuerdo disolver el vínculo solo deberán comunicarlo a las autoridades administrativas del Registro Civil, en un trámite que no requerirá la intervención de abogados ni jueces.
La reforma está incluída en el capítulo III, que incorpora cambios en el Código Civil y Comercial. En el artículo 352 de la ley ómnibus que el primer mandatario envió al Congreso se estableció: “Incorpórase como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, el siguiente: ‘d) comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio’”.