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Cárcel para el hombre que asesinó a su pareja en Concarán

El juez de Garantía provisorio 1 de la Tercera Circunscripción Judicial procesó a Ricardo Vicente Pereyra con cuatro meses de prisión preventiva por “Homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género”.

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Este martes, el Juez de Garantía provisorio N°1 de la Tercera Circunscripción, Matías Farinazzo Tempestini, ordenó 120 días de prisión preventiva para Ricardo Vicente Pereyra, de 62 años, quien  está acusado de asesinar a Margarita Azucena Quiroga, quien tenía 58 años y era su pareja.

En la audiencia que inició a las 11:40, el juez también hizo lugar a la formulación de cargos en contra del imputado por el delito de “Homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género”. Según las fiscales Débora Antonella Roy Gitto y Lorena Ohanian el hecho ocurrió el 12 de agosto cuando el acusado atacó a puñaladas con un cuchillo en cuello y tórax a la víctima con intención de matarla.

Los restos de Quiroga fueron encontrados ese mismo día en el domicilio que compartía con el ahora imputado. Según el informe del forense Gustavo Lafourcade, la causa de la muerte fue shock hipovolémico y asfixia por broncoaspiración sanguínea.   

Pereyra fue detenido al día siguiente por personal del Departamento de Homicidios en la zona de ruta provincial 6 a la altura del Arroyo Las Cañas gracias a que un vecino dio aviso a la policía. El hombre tenía manchas hemáticas en su ropa y múltiples lesiones y rasguños.

Las fiscales ofrecieron como evidencia, entre otras, entrevistas a familiares de la víctima para acreditar que la mujer sufría violencia física, psíquica y sexual.

Luego de exponer el resto de la evidencia colectada solicitaron 120 días de plazo para finalizar la investigación, lapso en el cual se realizarán entrevistas a demás testigos, se oficiará al Juzgado de Familia para conocer si hay causas en trámite, se desarrollarán las pericias de las prendas y elementos secuestrados, del celular de la víctima y se llevará cabo una pericia psicológica al imputado.

También pidieron que la calificación provisoria del hecho sea “Homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género”.

Seguidamente la querella, representada por la abogada Guadalupe Sánchez, adhirió a lo solicitado por la Fiscalía.

Por su parte el acusado fue representado por la Defensora Oficial Adjunta en lo Penal de la Tercera Circunscripción, Mirtha Moreno, quien dijo que algunas de las evidencias que generó la fiscalía se llevaron a cabo sin la intervención de la defensa y agregó que el imputado no fue comunicado de la realización de las mismas. Por ese motivo pidió que algunas de ellas no sean tenidas en cuenta.

También solicitó que no se tengan por formulados los cargos en cuanto al agravante de “violencia de género” ya que consideró que esa calificación surgió de los testimonios de las hijas de la víctima con las cuales ésta, no mantenía relación.

SOLICITUD DE MEDIDA DE COERCIÓN

Durante la audiencia las Fiscales solicitaron la prisión preventiva por 120 días en base al peligro de fuga y el riesgo de entorpecimiento de la investigación.  Para Roy Gitto y Ohanian el imputado, luego de cometer el hecho, quiso ocultar evidencia ya que se encontraron en el lugar una escoba y un balde. Además, dijeron que luego de asesinar a su pareja se trasladó en la bicicleta de la víctima y en el camino fue descartando diferentes elementos que pertenecían a la mujer.

La querella agregó que el imputado amenazó de muerte a las hijas de Quiroga por lo que se trata de una persona peligrosa.

Finalmente, la defensa dijo que no se encuentra realmente acreditado el peligro de fuga ya que el imputado tiene permanencia y estabilidad en Concarán, ya que nació allí y tiene hermanos en esa localidad.

Además, dijo que no se entiende cómo puede proceder el entorpecimiento de la investigación ya que se trata de un hombre de 62 años y con problemas de salud. Bajo este argumento pidió que no se haga lugar a la medida de coerción y se aplique una medida menos gravosa y más proporcional como la prisión domiciliaria. Medida a la que el magistrado no dio lugar y ordenó su traslado al Servicio Penitenciario Provincial.

Fuente: Dirección de Prensa y Comunicación Institucional del Poder Judicial

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