Deportes

Le prohibieron ingresar a la cancha por no pagar la cuota alimentaria

Published

on

Una jueza de familia de Córdoba le impuso a un hombre la prohibición de ingreso a la cancha a ver a Belgrano, su equipo de fútbol, por no haber pagado la cuota alimentaria, ya que para la Justicia existió violencia de género económica.  

El Juzgado de Familia que intervino dispuso la resolución por la cual se le prohibió renovar su carnet de socio a un padre que no cumplió con el pago de la cuota alimentaria de su hijo en los últimos tres años, y le impuso la prohibición de salida del país ya que ya estaba inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios.  

El artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación les da el poder a los jueces a dictar diversas medidas a fin de lograr el cumplimiento efectivo de la obligación alimentaria. “Esto permite imponer al deudor sanciones que no figuran expresamente en la ley, con la condición de que se trate de medidas razonables. Esto quiere decir que la medida debe ser adecuada, necesaria y proporcional al fin que se quiere lograr”, indica el fallo.

Para la magistrada que determinó las medidas el incumplimiento del padre impone sobre la madre del niño un mayor esfuerzo y desgaste para cubrir las necesidades no sólo económicas sino emocionales del menor, hoy adolescente. 

Además, valoró que la conducta del padre implica también una situación de violencia para con su propio hijo y es una “vulneración” de sus derechos humanos, ya que, al no contar con esos recursos económicos, se “priva al grupo familiar del pleno goce de sus derechos”. 

Foto: TyC Sports Pin

Fuente: NAª

Últimas Noticias

Exit mobile version